Señor empresario, usted como empleador juega un papel muy importante en el Sistema de Seguridad Social en Salud. Conozca algunas de sus funciones.
¿Cuáles son sus deberes como empleador?
Además de los deberes y derechos de los
usuarios, existen los deberes del empleador. En la medida que estos sean
cumplidos oportunamente, se garantizará el acceso a los servicios de salud de
los empleados y sus beneficiarios. Léalos con atención y hágalos cumplir:
- Afiliar
a todas las personas con las que tengan relación laboral al Sistema General de
Seguridad Social: Sistema de Salud, Sistema de Pensiones, Sistema de Riesgos
Profesionales y Caja de Compensación Familiar.
- Contribuir
al financiamiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud con el pago
oportuno de los aportes de conformidad con la normatividad legal vigente.
- Descontar
de los ingresos laborales las cotizaciones que
corresponden a los trabajadores a su servicio.
- Informar
oportunamente a la EPS
las novedades laborales de sus trabajadores.
- Informar
a los trabajadores sobre las garantías y las obligaciones que les asisten en el
Sistema General de Seguridad Social en Salud.
- Garantizar
un medio ambiente laboral sano, que permita prevenir los riesgos de trabajo y
enfermedades profesionales.
- Asumir
el riesgo en salud de sus trabajadores cuando no los tenga afiliados al Sistema
de Salud o no haga oportuno y completo el pago de los aportes.
¿Cuánto paga el usted como empleador y cuánto el
trabajador en las cotizaciones mensuales?
La cotización para el Sistema de Salud es el 12,5% sobre el salario base de cotización mensual.
- Para personas con contrato laboral: De este 12,5% el empleador debe
pagar el 8.5% y el trabajador el 4% restante.
- Para trabajadores independientes: El trabajador
independiente debe cotizar el 12,5% sobre su ingreso base de liquidación
mensual. Esta cifra no podrá ser inferior a un (1) Salario Mínimo Legal Mensual
Vigente.
- Para madres comunitarias: Deberán
cancelar el 4% de la bonificación que reciben del ICBF (Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar).
En cualquiera de los casos, el trabajador
que tenga a su cargo beneficiarios adicionales deberá cancelar el valor
definido por la UPC
(Unidad de Pago por Capitación).
Recuerde que para que sus empleados puedan disfrutar de todos los beneficios de la Caja de Compensación y EPS, es su deber informar oportunamente las novedades laborales de sus trabajadores, así podrán acceder siempre a los servicios que les ofrece COMFENALCO.