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Plan Obligatorio de Salud Carta de Derechos del Afiliado Exclusiones y Limitaciones del Plan de Beneficios
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Exclusiones y Limitaciones del Plan de Beneficios
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El Plan Obligatorio de Salud no cubre las actividades, procedimientos, intervenciones, medicamentos y elementos médico quirúrgicos,
que su objetivo no sea contribuir al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad; igualmente aquellos considerados como cosméticos, estéticos, estipulados en el Acuerdo 08, artículo 54 de 2009.
Las siguientes son las exclusiones y limitaciones al POS de la EPS COMFENALCO Antioquia:
- Cirugía estética con fines de embellecimiento y procedimientos de cirugía plástica cosmética.
- Tratamientos nutricionales con fines estéticos.
- Diagnóstico y tratamientos para la infertilidad.
- Tratamientos no reconocidos por las asociaciones médico científicas a escala mundial o nacional y los de carácter experimental.
- Tratamientos o curas de reposo o del sueño.
- Medias elásticas de soporte; corsés y/o fajas; sillas de ruedas; plantillas y zapatos ortopédicos; vendajes acrílicos; lentes de contacto, lentes para anteojos con materiales diferentes a vidrio o plástico, filtros y/o colores y películas especiales y aquellos otros dispositivos, implantes, o prótesis, necesarios para procedimientos no incluidos expresamente en la presente carta.
- Medicamentos y sustancias que no se encuentren expresamente autorizados en el Manual de Medicamentos y Terapéutica vigente.
- Tratamientos con medicamentos o sustancias experimentales para cualquier tipo de enfermedad.
- Trasplante de órganos diferentes a los descritos en el Acuerdo 08 de 2009.
- Tratamiento con psicoterapia individual, psicoanálisis o psicoterapia prolongada. No se excluye la psicoterapia individual de apoyo en la fase crítica de la enfermedad, y sólo durante la fase inicial; tampoco se excluyen las terapias grupales. Se entiende por fase crítica o inicial aquella que se puede prolongar máximo hasta los treinta días de evolución.
- Tratamientos de periodoncia, ortodoncia, implantología, blanqueamiento dental y las prótesis en la atención odontológica.
- Tratamiento con fines estéticos de afecciones vasculares cutáneas, tales como várices, telangiectasias, venas reticulares, entre otras.
- Actividades, procedimientos e intervenciones para las enfermedades crónicas, degenerativas, carcinonamatosis, traumáticas o de cualquier índole en su fase terminal, o cuando para ellas no existan posibilidades de recuperación.
Podrá brindarse soporte psicológico, terapia paliativa para el dolor, la incomodidad y la disfuncionalidad o terapia de mantenimiento.
- Actividades, procedimientos e intervenciones de carácter educativo, instruccional o de capacitación, que se lleven a cabo durante el proceso de rehabilitación, distintos a los necesarios de acuerdo a evidencia clínica debidamente demostrada para el manejo médico de las enfermedades y sus secuelas.
- Pañales desechables para niños y adultos.
- Toallas higiénicas.
- Bolsas de colostomía.
- Artículos cosméticos.
- Suplementos o complementos vitamínicos y nutricionales, salvo excepciones expresas en la norma.
- Líquidos para lentes de contacto.
- Tratamientos capilares.
- Champú de cualquier tipo.
- Jabones.
- Cremas hidratantes.
- Cremas antisolares o para las manchas en la piel.
- Medicamentos o drogas para la memoria.
- Medicamentos o drogas para la impotencia sexual o la disfunción eréctil.
- Medicamentos anorexígenos.
- Edulcorantes o sustitutos de la sal.
- Enjuagues bucales y cremas dentales.
- Cepillo y seda dental.
- El internamiento en instituciones educativas, entidades de asistencia y protección social tipo ancianato, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida.
- El tratamiento de las complicaciones que surjan de las actividades, procedimientos e intervenciones y medicamentos no cubiertos por el POS.
- Actividades, procedimientos, insumos, intervenciones y dispositivos no incluidos expresamente en esta carta.
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Carta de Derechos del afiliado
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Actualizado en: marzo 08 de 2010
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Mayores Informes
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Gerencia de Servicios de Salud
Teléfono: 444 7110
Dirección: Sede Administrativa y de Servicios Palacé. Cra. 50 53-43
Horario de atención: lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:30 a 6:00 p.m.
Correo electrónico: comentarios@comfenalcoantioquia.com
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