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Módulo de RIPS

 Módulo de RIPS  

A partir del 19 de diciembre de 2011 , Comfenalco Antioquia EPS invita a todos sus prestadores de servicios de salud para que transfieran sus RIPS ingresando aquí.

Es importante contar con su compromiso y esfuerzo con el fin de mejorar la calidad, oportunidad y confiabilidad en el registro de los datos reportados, de manera que se cuente con información de utilidad para la evaluación y monitoreo del funcionamiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

 

De acuerdo a la Resolución 3374 de 2000 expedida por el Ministerio de la Protección Social en el año 2000 los Registros Individuales de Prestación de Servicios de Salud-RIPS- se definen como: “El conjunto de datos mínimos y Básicos que el Sistema de Seguridad Social en Salud requiere para los procesos de dirección, regulación y control”. Estos datos mínimos identifican una a una las actividades de salud que realizan las IPS o profesionales independientes de salud a las personas, constituyéndose así, en una de las fuentes principales del Sistema Integral de Información SGSSS.

 Quiénes deben de presentar los RIPS  

Todas las instituciones prestadoras de Servicios de Salud y los profesionales independientes deben reportar la información conforme a lo establecido en la resolución 3374 de 2000, de acuerdo a los requerimientos únicos de información establecidos en dicha Resolución. Así mismo establece la Ley 1122 de Enero de 2007 en la cual se fortalece el sistema de información y ratifica la obligatoriedad del envío de los datos del RIPS.

 En general el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud
(RIPS) sirve para:
 
  • Formular políticas de salud.
  • Realizar la programación de oferta de servicios de salud.
  • Evaluar coberturas de servicios.
  • Asignar recursos financieros, humanos y técnicos.
  • Validar el pago de servicios de salud.
  • Fundamentar la definición de protocolos y estándares de manejo clínico.
  • Ajustar la Unidad de Pago por Capitación.
  • Establecer mecanismos de regulación y uso de los servicios de salud.
  • Controlar el gasto en salud.
  • Ajustar los contenidos de los planes de beneficios en salud.
  • Conocer el perfil de morbilidad y mortalidad.
 Recomendaciones antes de enviar los RIPS:  
  • Verificación del nombre y código de la EPS : Comfenalco Antioquia : EPS009.
  • Verificación del código de habilitación asignado a la IPS (12 dígitos). (Si no conoce su código de habilitación, lo puede consultar en página: http://201.234.78.38/habilitacion/).
  • Verifique que los números de factura en la cuenta física de cobro sean los mismos que figuran en los RIPS.
  • Verifique que los códigos de procedimiento se encuentren en la Clasificación Única de procedimientos en Salud (CUPS) Colombia. 
  • Verifique que los códigos de diagnósticos se encuentren en la tabla CIE10.
  • Verificación de las estructuras de archivos planos (para más información ingresar a la página http://www.minproteccionsocial.gov.co/salud/Paginas/rips.aspx.).
  • Tenga en cuenta que no debe enviar la misma información de RIPS mas de una vez.
 Más información  

Hemos dispuesto para usted el correo electrónico soportesalud@transfiriendo.com donde un grupo de profesionales dará respuesta a las diferentes solicitudes que se presenten relacionadas con:

  • Inquietudes.
  • Solicitudes de creación usuarios.
  • Capacitación.
 Mayores Informes  

Gerencia de Servicios de Salud
Teléfono: 444 7110
Dirección: Carrera 50 53 - 43 Piso 2
Horario de atención: lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12 m y de 2:00 a 6:00 p.m.
Correo Electrónico: comentarios@comfenalcoantioquia.com

 

 
   
 
 
 
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