Los copagos son los aportes en dinero que corresponden a una parte del valor del servicio que requiere el afiliado, estos tienen como finalidad ayudar a financiar el sistema de salud. Los beneficiarios del afiliado cotizante deben cancelar copagos a todos los servicios contemplados en el Régimen Subsidiado de Salud, con excepción de:
- Servicios de promoción y prevención.
- Programas de control en atención materno infantil.
- Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles.
- Enfermedades catastróficas o de alto costo.
- Servicios por los cuales se paga cuota moderadora.
En cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo 260 del 4 de febrero de 2004, emanado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, por el cual se define el régimen de pagos compartidos y cuotas moderadoras dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Estos valores son vigentes a partir del de enero de 2012.
Tope de Copagos año 2012 Régimen Subsidiado
Nivel
|
Tope máximo por evento |
Tope máximo por año
|
| Tope máximo en % |
Tope máximo en pesos |
Tope máximo en %
|
Tope máximo en pesos |
|
Nivel 0
|
No aplica
|
No aplica
|
|
Más de 2 SMLV
|
No aplica |
No aplica
|
|
2
|
50% |
$283.350 |
100% |
$566.700 |
| 3 |
300% |
$1.700.100 |
300% |
1700100 |
Cuando el porcentaje sobre el valor total del servicio supere los topes estipulados, el usuario sólo pagará los valores máximos por evento o por año, según el caso.
Con esta información damos cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo 260 de 2004, emanado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.